Hoy se ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) la Resolución ARP/150/2019, de 28 de enero, que modifica la Resolución ARP/663/2018, de 4 de abril, que fija las especies objeto de aprovechamiento cinegético, los períodos hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada 2018-2019 en todo el territorio de Cataluña.
En concreto, la Resolución ARP/150/2019, de 28 de enero, publicada hoy, añade una cláusula final en el apartado 2.2 de la Resolución ARP/663/2018, «previsiones singulares para determinadas especies», con el siguiente texto:
«Para el Zorzal común (Turdus philomelos) y el Zorzal alirrojo (Turdus iliacus), el período hábil es el comprendido entre el segundo domingo de octubre de 2018 (día 14) y el segundo domingo de febrero de 2019 (día 10), ambos inclusive.
Para el Zorzal charlo (Turdus viscivorus) y el Zorzal real (Turdus pilaris) el período hábil es el comprendido entre el segundo domingo de octubre de 2018 (día 14) y el 31 de enero de 2019, inclusive».