La Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de Extremadura ha publicado hoy, en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), la ORDEN de 24 de enero de 2019 por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago básico, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de Extremadura, Operadores-Productores Integrados, General de la Producción Agrícola de ámbito nacional y actualización de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica. Campaña 2019/2020.
En ella se convocan las ayudas asociadas a la agricultura en las siguientes modalidades: Ayuda asociada al cultivo del arroz, ayuda asociada a los cultivos proteicos, ayuda asociada a los frutos de cáscara y algarrobas, ayuda asociada a las legumbres de calidad, ayuda asociada a la remolacha azucarera, ayuda asociada para el tomate de industria y pago específico para el cultivo del algodón.
El extracto de la Orden, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el DOE, establece lo siguiente:
Objeto de la convocatoria
Se concederá una ayuda asociada a los productores de determinados cultivos que afronten dificultades, con el objetivo de incentivar el mantenimiento de los niveles de producción actuales.
La ayuda adoptará la forma de un pago anual por hectárea de superficie cultivada que cumpla los requisitos generales establecidos en la Orden, así como los específicos establecidos en cada caso, conforme al capítulo I del título IV del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.
Beneficiarios de las ayudas
Agricultores que lo soliciten en tiempo y forma y cumplan los siguientes requisitos:
a) Cumplir los requisitos que determinan la figura de agricultor activo, conforme al capítulo I del Título II del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.
b) Solicitar una única ayuda asociada de las contempladas en el presente capítulo en la misma superficie agrícola en una determinada campaña.
c) Declarar una superficie mínima por explotación de 1 hectárea en el caso de superficies de secano y de 0,5 hectáreas para las superficies de regadío, salvo que en los requisitos específicos de cada ayuda se disponga otra cosa.
d) Cumplir los requisitos específicos de cada ayuda.
Cuantía de las ayudas
La ayuda, por un importe total de 8.000.000 euros, se desglosará por anualidades del siguiente modo: 2019: 4.000.000 euros; 2020: 4.000.000 euros.
Plazo de presentación de solicitudes
Del 1 de febrero al 30 de abril de 2019.