La Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de Extremadura publicó ayer, en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), la ORDEN de 24 de enero de 2019 por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago básico, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de Extremadura, Operadores-Productores Integrados, General de la Producción Agrícola de ámbito nacional y actualización de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica. Campaña 2019/2020.
El extracto de las ayudas aves esteparias y fomento de la agricultura de conservación en cultivos herbáceos de dicha Orden, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el DOE, establece lo siguiente:
Actuaciones contempladas
Se distinguen dos actuaciones:
Sistemas agrarios en cultivos cerealistas para la protección de las aves esteparias en las Zonas de Especial Protección de Aves (ZEPAs) y/o las Zonas de Especial Conservación (ZECs).
Agricultura de conservación en cultivos cerealistas para la protección de las aves esteparias en ZEPAs y/o ZECs.
Objeto de las ayudas
- a) Sistemas agrarios en cultivos cerealistas para la protección de las aves esteparias en ZEPAs y/o ZECs:
- Prima anual, en euros/ha, en función de la producción media de las comarcas.
- La prima por hectárea compensará a los beneficiarios por la totalidad o una parte de las pérdidas de ingresos agrícolas y los costes de mantenimiento, durante un período de cinco años, como consecuencia de los compromisos contraídos, destinados a la mejora de la calidad del hábitat de las especies esteparias y a la reducción de la mortandad asociada a las labores agrícolas.
- b) Agricultura de conservación en cultivos cerealistas para la protección de las aves esteparias en ZEPAs y/o ZECs:
- La prima por hectárea compensará a los beneficiarios por la totalidad o una parte de las pérdidas de ingresos agrícolas y los costes de mantenimiento durante un período de cinco años.
Beneficiarios de las ayudas
Personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones agrarias, así como titulares de explotaciones agrarias compartidas que tengan inscritas las mismas, a su nombre, en el Registro de Explotaciones Agrarias, de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, de la Junta de Extremadura, o encontrarse recogidas en la actualización obligatoria de referido Registro, realizada mediante la Solicitud Única y con parcelas que cumplan las condiciones de admisibilidad específicas de esta operación; que cumplan los siguientes requisitos:
Son elegibles las Zonas de Especial Protección de Aves (ZEPAs) y las Zonas de Especial Conservación (ZECs) de aves esteparias de la Red Natura 2000, de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En la actuación «Sistemas agrarios en cultivos cerealistas para la protección de las aves esteparias en ZEPAs y/o ZECs», serán admisibles aquellas explotaciones que tengan una superficie mínima de siembra de cultivos herbáceos de secano de 3 ha.
En la actuación «Agricultura de conservación en cultivos cerealistas para la protección de las aves esteparias en ZEPAs y/o ZECs», serán admisibles aquellas explotaciones que tengan una superficie mínima de siembra de cultivos herbáceos de secano de 5 hectáreas.
Cuantía de las ayudas
Conforme al Superproyecto «Ayudas para compromisos ambientales y climáticos», corresponde un importe total anual de 900.000 euros, durante un período de cinco años; siendo el Importe total: 4.500.000 euros
Sistemas agrarios cultivos cerealistas protección aves esteparias ZEPAs y/o ZECs: Importe anual: 750.000 euros, Anualidades: 5 (2020-2024), Importe total: 3.750.000,00 euros.
Conservación de cultivos cerealistas protección aves esteparias ZEPAs y/o ZECs: Importe anual: 150.000 euros, Anualidades: 5 (2020-2024), Importe total: 750.000,00 euros.
Plazo de presentación de solicitudes
Del 1 de febrero al 30 de abril de 2019.