El 7 de abril se publicó en el BOE la Resolución de 4 de abril de 2018, que fija las especies objeto de aprovechamiento cinegético, los periodos hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada 2018-2019 en todo el territorio de Cataluña. A continuación le informamos de los datos más significativos contemplados en la misma.
Periodos hábiles de caza menor en todo el territorio de Cataluña
Caza menor en general
Entre el segundo domingo de octubre de 2018 (día 14) y el primer domingo de febrero de 2019 (día 3), ambos inclusive.
En las reservas nacionales de caza, reservas de caza y zonas de caza controlada, el periodo hábil de caza es el que indiquen los diferentes planes técnicos de gestión cinegética anuales.
Previsiones singulares para determinadas especies:
Para la perdiz roja, el periodo hábil de caza es el comprendido entre el segundo domingo de octubre de 2018 (día 14) y el primer domingo de enero de 2019 (día 6), ambos incluidos; y para la perdiz pardilla subespecie ibérica, es el comprendido entre el segundo domingo de octubre de 2018 (día 14) y el cuarto domingo de diciembre de 2018 (día 23), ambos incluidos.
Para la avefría, el periodo hábil es el comprendido entre el segundo domingo de octubre de 2018 (día 14) y el tercer domingo de enero de 2019 (día 20), ambos incluidos.
Para la focha, el periodo hábil es el comprendido entre el segundo domingo de octubre de 2018 (día 14) y el cuarto domingo de febrero de 2019 (día 24), ambos incluidos.
Para el zorro, el periodo hábil es el comprendido entre el primer domingo de septiembre de 2018 (día 2) y el último domingo de marzo de 2019 (día 31), ambos incluidos.
En las comarcas de Tarragona y en las de Les Terres de l’Ebre, las palomas torcaces en pasos tradicionales pueden cazarse desde puestos fijos entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre, ambos incluidos, sin limitación de días hábiles.
Media veda para determinadas especies de caza menor
Se establecen como periodos y días hábiles para la caza de las especies codorniz, tórtola común, paloma torcaz, paloma bravía, incluidas las variedades domésticas e híbridos, urraca, estornino pinto, gaviota reidora, gaviota patiamarilla y zorro los siguientes:
Barcelona y Cataluña Central, salvo la comarca de El Solsonès. Días hábiles: días 19, 26 y 29 de agosto y 2 de septiembre.
Girona. Días hábiles: jueves, domingos y festivos no locales dentro del periodo comprendido entre el 19 de agosto y el 9 de septiembre, ambos incluidos.
Lleida y la comarca de El Solsonès. Días hábiles: jueves, sábados, domingos y festivos dentro del periodo comprendido entre el 15 de agosto y el 11 de septiembre, ambos incluidos.
Tarragona. Días hábiles: días 19 y 26 de agosto y 2 y 9 de septiembre.
Terres de l’Ebre. Días hábiles: días 19 y 26 de agosto y 2 y 9 de septiembre.
Periodos hábiles de caza mayor en todo el territorio de Cataluña
Caza del jabalí, el muflón y el gamo. El periodo hábil para la caza del jabalí, el muflón y el gamo es el comprendido entre el primer domingo de septiembre de 2018 (día 2) y el último domingo de marzo de 2019 (día 31), ambos incluidos.
Caza del rebeco, la cabra montés y el ciervo. En las áreas privadas y locales de caza, el periodo hábil de caza de la cabra montés es entre el segundo domingo de octubre de 2018 (día 14) y el 6 de enero de 2019, ambos incluidos y para ambos sexos, y entre el 1 de marzo de 2019 y el 31 de mayo de 2019, ambos incluidos y exclusivamente para machos. El periodo hábil de caza del rebeco es entre el segundo domingo de octubre de 2018 (día 14) y el 31 de enero de 2019, ambos incluidos y para ambos sexos, y entre el 1 de marzo de 2019 y el 15 de mayo de 2019, ambos incluidos y exclusivamente para machos. El periodo hábil del ciervo es entre el segundo domingo de septiembre de 2018 (día 9) y el segundo domingo de octubre de 2018 (día 14), ambos incluidos y exclusivamente para machos y en la modalidad de rececho, y entre el 15 de octubre de 2018 y el cuarto domingo de febrero de 2019 (día 24), ambos incluidos y para ambos sexos y en cualquier modalidad. Para el rebeco y la cabra montés, sólo se permite la modalidad de caza a rececho.
Caza del corzo. En las áreas privadas y locales de caza, el periodo hábil es entre el segundo domingo de abril de 2018 (día 8) y el segundo domingo de agosto de 2018 (día 12), exclusivamente para machos y en las modalidades al acecho o rececho; entre el primer domingo de septiembre de 2018 (día 2) y el último domingo de octubre de 2018 (día 28), ambos sexos y en cualquier modalidad; y entre el primer domingo de enero de 2019 (día 6) y el cuarto domingo de febrero de 2019 (día 24), exclusivamente para hembras y en cualquier modalidad.