El Gobierno ha contestado hoy a una pregunta con respuesta escrita, presentada el 29 de noviembre por la senadora de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, María Vanessa Angustia, a raíz de la iniciativa de la Fundación Franz Weber contra la caza, a la que se adhirieron numerosos colectivos sociales, y que logró sumar más de 73.000 firmas en apenas una semana, que surgió tras un vídeo en el que se observa la caída de una docena de perros y de un ciervo por un barranco en el marco de una batida de caza en Herreruela (Cáceres).
La senadora, tras exponer la crueldad contra la fauna salvaje y atentado medio ambiental que supone la caza en general y los «campeonatos» o macrobatidas de caza de zorro con perros en particular, incidiendo en la crueldad del uso de perros en cacerías, prohibido por siete estados europeos, formuló las siguientes preguntas:
- ¿Tiene previsto el Gobierno tomar alguna medida después de la difusión del citado video?
- ¿Pretende el Gobierno atender la petición de esta iniciativa para tipificar como delito el maltrato a animales silvestres?
- ¿Piensa el Gobierno trabajar en una medida de prohibición del uso de perros en estas batidas para reducir la crueldad de las mismas, siguiendo el ejemplo de los países europeos citados?
- ¿Prevé el Gobierno tomar alguna medida legislativa para prohibir el formato «pseudodeportivo» para fomentar los llamados campeonatos de caza de animales silvestres como el citado caso en Galicia?
- ¿Es consciente el Gobierno de las implicaciones negativas de la caza con perros y de que España es el único país que posibilita el uso de galgos en Europa? ¿Qué opinión le merece?
- ¿Le consta al Gobierno cuántas reuniones ha mantenido cualquier alto cargo o técnico del gobierno central con grupos pro-caza en el periodo 2015-2017?
Respuesta del Gobierno
Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los diferentes cuerpos de Agentes Forestales y Medioambientales en España están encargados de velar por el adecuado cumplimiento de las condiciones legales y de seguridad de las cacerías. Igualmente, están preparados para auxiliar en situaciones de accidente o cualquier situación anómala que ocurra en el desarrollo de las mismas
Por otra parte, ante la demanda de determinados colectivos sociales para que la Administración General del Estado regule con mayor intensidad o prohíba la caza con perros, se informa que esta Administración no es competente en materia de caza, por lo que no puede tomar esa decisión. Se señala, además, que las rehalas están reguladas por las normativas de caza y de sanidad animal de las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus respectivas competencias.
Asimismo, se indica que la autorización para la celebración de campeonatos de caza es competencia de las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus competencias en materia de caza y de deporte. En dichas autorizaciones se establecen los condicionantes necesarios para que las competiciones se celebren conforme a la legalidad vigente.
Para finalizar, se informa que el maltrato a animales figura en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.