Ecologistas en Acción denunció en una publicación que en la vertiente cántabra del Parque Nacional Picos de Europa se realizan batidas contra lobos clandestinas e ilegales en las que «es habitual el uso de bombas y explosivos», por lo que advertían que estaban estudiando la posible presentación de una demanda judicial contra estas actuaciones de caza de lobos al considerarlas ilegales por motivos como: ser «batidas clandestinas o secretas, puesto que las autorizaciones administrativas de control poblacional de lobos no son debidamente publicitadas»; « las autorizaciones de control de lobo prohíben expresamente la difusión de imágenes o vídeos de las batidas o de lobos muertos, sin ninguna base legal, y con el único objetivo de que no llegue a conocimiento de las organizaciones ecologistas», así como que «se permite el uso de artes de caza prohibidos como los explosivos, cebaderos o visores nocturnos, no se especifica el personal autorizado en las resoluciones administrativas, no se buscan soluciones alternativas previas y tampoco se justifican estas autorizaciones administrativas con criterios técnicos ni científicos»; y también reclamaban «la suspensión de los controles de lobo en el interior del Parque Nacional, la dimisión del codirector del Parque por Cantabria y una gestión del lobo basada en estudios científicos rigurosos».
Respuesta de la Consejería de Medio Rural
La Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación ha emitido un comunicado rechazando las acusaciones del grupo ecologista sobre la gestión del lobo en la parte cántabra del Parque Nacional de Picos de Europa. Medio Rural ha asegurado que todas las actuaciones de control poblacional sobre el lobo que se realizan en Cantabria, y en particular dentro del Parque Nacional, se amparan «en la más absoluta legalidad» y reúnen todos los requerimientos y autorizaciones que se exigen en estos casos.
También ha recordado que el cupo de control poblacional del lobo en Picos de Europa fue aprobado el 18 de diciembre de 2017 por la Comisión de Gestión del Parque Nacional, integrada por las tres Comunidades Autónomas que aportan terreno al mismo (Cantabria, Asturias y Castilla y León), a propuesta de los tres codirectores.
Dicho acuerdo establece la extracción de un máximo de dos ejemplares en la manada denominada Cabrales-Tresviso, y de otros dos en la manada denominada San Glorio, con el objetivo de «asegurar la coexistencia de los valores naturales» del Parque, y en particular de las seis manadas de lobos que residen en el mismo, con el desarrollo socioeconómico de sus habitantes y especialmente con la ganadería extensiva.
La Consejería ha explicado que el seguimiento «continuo y específico» que se realiza sobre las seis manadas permite conocer su evolución, su éxito reproductivo y su tamaño en cada época del año; siendo públicos los datos del seguimiento del lobo y de los controles que se realizan.
Controles por daños a la ganadería
Para optimizar estos controles, se atiende a los daños que produce el lobo en la cabaña ganadera de la zona. Por esta razón, tras aprobar el cupo y constatar episodios de «daños significativos» al ganado, durante este años se autorizaron una serie de controles poblacionales en la vertiente cántabra del Parque Nacional, tanto en la zona de Bejes-Tresviso, donde se realizaron dos en junio y agosto, como en la de Canales y Salvorón, en Camaleño, donde se autorizaron cinco controles en marzo, abril, julio, agosto y diciembre. Como consecuencia de los mismos se abatieron dos ejemplares, una hembra adulta el 19 de agosto en La Gobia (Tresviso) y otra hembra adulta el 24 de noviembre en Salvorón (Camaleño).
El Gobierno de Cantabria ha señalado que el control de las poblaciones de lobo es una «herramienta indispensable y necesaria», que siempre se ha basado «en el mejor conocimiento técnico y científico disponible, sin suponer en ningún caso una amenaza para la población de lobo en el Parque Nacional, como corrobora la evolución de la población del lobo y la intensidad de los controles efectuados en el Parque».
Estricta legalidad
La Consejería también ha subrayado que la propuesta del cupo de extracción anual de lobo se realizó «con el cumplimiento escrupuloso» de toda la normativa al respecto, está basada en el seguimiento «directo y continuo» que se realiza sobre la población de lobo en el Parque y tiene en cuenta diversos factores relevantes.
Este acuerdo se ampara en el Plan Director de la Red de Parques Nacionales, aprobado por Real Decreto 389/2016, que establece que, «cuando la proliferación de una especie cause daños significativos a otras especies, comunidades o valores reconocidos, se podrán aplicar actuaciones de control que en ningún caso implicarán la erradicación cuando se trate de especies nativas o autóctonas».
También en las medidas contempladas tanto en la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, como en la Ley de Cantabria de Conservación de la Naturaleza, que permiten efectuar controles poblacionales sobre las especies de fauna silvestre para, entre otras circunstancias, prevenir perjuicios importantes a los cultivos, el ganado, los montes, la pesca y la calidad de las aguas, sin que ello suponga poner en riesgo el estado de conservación favorable de estas especies.
Asimismo, Medio Rural ha recalcado que las actuaciones de control no forman parte de la actividad cinegética ordinaria y que se realizan «siempre bajo la supervisión y coordinación del personal técnico de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación», lo que garantiza «que las intervenciones se realicen con la máxima eficacia y eficiencia y con el estricto cumplimiento de la legalidad vigente». En los controles, que nunca se realizan en fines de semana o días festivos, se autoriza la colaboración de un máximo de 30 vecinos de los municipios afectados y de 20 perros de rastro, prohibiéndose de manera explícita el empleo de cohetería y artefactos similares.