El BOA del 27 de diciembre ha publicado la ORDEN DRS/2051/2018, de 3 de diciembre, por la que se convocan subvenciones para la realización de actividades de información y transferencia agroalimentaria, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020, para el año 2019.
La cuantía total máxima estimada es de 430.000 euros, de los cuales, 344.000 euros serán financiados por el FEADER y 86.000 euros por la Comunidad Autónoma de Cantabria.
La finalidad de la subvención es facilitar la innovación y la incorporación de nuevas tecnologías y conocimientos a los sectores agrario, forestal, agroalimentario y medioambiental, aumentando la productividad y eficiencia de las explotaciones agrarias y forestales y de las pymes agroalimentarias.
Actividades subvencionables
Serán susceptibles de subvención las actividades de transferencia de conocimientos, información y tecnología agraria y forestal, que se ajusten a los objetivos y líneas prioritarias de la Red de Transferencia e Innovación Agraria (RATIA), que figuran en el anexo V de la orden.
Se consideran actividades subvencionables la realización de ensayos comparativos de diferentes variedades o técnicas agrícolas, ganaderas o forestales en diversas circunstancias de cultivo o explotación que puedan darse en la Comunidad Autónoma de Aragón, que permitan conocer su adaptación a las necesidades de los sectores agrario, agroalimentario y forestal aragoneses, así como la divulgación de los resultados obtenidos en las mismas.
En concreto, entre las principales actividades que se pretenden potenciar figuran ensayos comparativos de herbáceos extensivos, hortalizas y leñosos, y estudios agronómicos y potenciales productivos de diferentes o nuevos cultivos.
Otros proyectos que pueden acogerse a las ayudas son diferentes técnicas para mejorar la eficiencia de las producciones ganaderas (producción, sanidad y bienestar animal), para el tratamiento de purines o de enfermedades animales y nuevas técnicas de producción en cultivos y ganadería frente a convencionales.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios las personas jurídicas y entidades asociativas de los sectores agroalimentario, forestal y medioambiental cuya actividad esté estrechamente relacionada con el medio agrario, forestal, medioambiental y rural aragonés; que tengan su domicilio y sede en la Comunidad Autónoma de Aragón; que la explotación que interviene en la actividad se localice en territorio aragonés; que dispongan de medios adecuados y de personal cualificado para la ejecución de las actividades objeto de subvención; que acrediten experiencia concreta en el ámbito de la actividad a desarrollar y que no se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
Presentación de la solicitud y documentación necesaria
Se considera que la mera presentación de la solicitud de subvención implica el consentimiento del interesado para que la Administración compruebe el cumplimiento de los requisitos necesarios para la gestión del procedimiento en cuestión, y recabe la documentación exigida, salvo que el interesado expresamente deniegue el consentimiento, lo cual tiene reflejo en la orden de convocatoria.
La presentación de la solicitud y la documentación relacionada con la misma, así como cualquier otro trámite relacionado con este procedimiento, se efectuará de forma electrónica a través de los registros electrónicos de la Administración. En caso de imposibilidad material de tramitación electrónica, las solicitudes se presentarán en los Servicios Provinciales del Departamento, en las Oficinas Comarcales Agroambientales o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.